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6 de Febrero de
2017
Asunto: Impacto potencial del
CETA en el agua y los servicios de agua
Estimado Miembro del Parlamento Europeo,
Las organizaciones abajo firmantes le solicitamos que vote contra la
ratificación del tratado de libre comercio entre la Unión Europea y
Canadá (CETA), que pone en peligro los recursos acuáticos y los
servicios de agua a ambos lados del atlántico.
Tras un completo análisis del texto del CETA y del Instrumento
Interpretativo Conjunto, hemos detectado varias disposiciones que ponen
en peligro la gestión pública de los servicios de agua y saneamiento y
el agua como recurso.
- El agua está incluida en el texto del CETA, a pesar de todas las
promesas de que permanecería fuera de las negociaciones y a pesar de la
opinión del Parlamento Europeo en su resolución del 8 de septiembre de
2015 sobre el seguimiento de la Iniciativa Ciudadana Europea por el
Derecho Humano al Agua (2014/2239(INI), no. 22), donde el Parlamento
“pide a la Comisión (…) que excluya permanentemente el agua y el
saneamiento y tratamiento de las aguas residuales de las normas del
mercado interior y de cualquier acuerdo comercial”.
Las disposiciones del artículo 1.9 del CETA pueden llevar a una mayor
mercantilización del agua y facilitar su acaparamiento por parte de las
grandes corporaciones. El artículo establece que: “Si una Parte permite
la utilización come nircial de un manantial concreto (“water source” en
la versión en inglés del texto) debería hacerlo de forma coherente con
el presente Acuerdo”, sin definir claramente lo que se considera un “uso
comercial” o un “manantial concreto”. En caso de un uso comercial, los
derechos de agua están sometidos a las reglas de comercio e inversiones
del CETA. En especial los estándares de protección de inversiones (Trato
Justo y Equitativo; Expropiación Indirecta) para inversores extranjeros
pueden tener una fuerte influencia sobre cómo se adjudican los derechos
de agua por parte de las autoridades públicas, y limitar sus
posibilidades de negar o restringir derechos de agua una vez éstos hayan
sido concedidos a inversores extranjeros. Hay ya varios casos de
disputas inversor-Estado en relación a derechos de agua bajo acuerdos
similares (NAFTA, Energy Charter) que han sido resueltos a favor del
inversor.
- Las reservas adoptadas para los servicios de “Captación, depuración y
distribución de agua” sobre Acceso a los mercados y Trato nacional no
son suficiente para garantizar su total protección. Habrían sido
necesarias reservas sobre Trato de nación más favorecida y Requisitos de
funcionamiento. E incluso aunque los servicios de agua potable estén
incluidos en el Anexo II, se les aplicaría aún la protección sobre
inversiones.
- Tan solo Alemania ha adoptado reserva de Acceso a mercados para los
servicios de saneamiento (“Gestión de residuos: servicios de
alcantarillado, eliminación de residuos y saneamiento”). La inclusión de
estos servicios en el marco del CETA para el resto de países de la UE
contradice el artículo 12 de la Directiva Europea de Concesiones, que
establece que esta directiva no debe aplicarse a concesiones concedidas
para el tratamiento y vertido de agua.
- La excepción horizontal sobre servicios públicos aplicada por la Unión
Europea para proteger los servicios públicos no es suficiente. Por un
lado, no incluye reservas para Protección de inversiones o Trato
nacional. Por otro lado, la terminología es ambigua, ya que el término
utilizado en inglés (public utilities) no tiene un significado concreto
en derecho internacional, ni equivalencia en la legislación europea.
Esta excepción horizontal no se ha puesto nunca en marcha en un tratado
con lista negativa, ni en un acuerdo con un proveedor relevante de
servicios públicos con un interés real en el mercado de la UE.
- La cooperación regulatoria y la protección de inversiones pueden hacer
irreversibles procesos de privatización del agua y dificultar la
capacidad de los gobiernos para volver a poner bajo control público los
servicios privatizados, una tendencia en alza en Europa.
- El CETA puede limitar la capacidad de operación de las empresas
públicas de agua, ya que los derechos de agua serán tratados como
inversiones y las reservas aplicadas no cubren todas las actuales y
futuras actividades que los operadores necesitan completar de acuerdo a
la legislación.
- El CETA no incluye el principio de precaución como enfoque global, que
es un componente inherente a la legislación europea. Además, la
cooperación regulatoria en el CETA restringiría el espacio político de
decisión de los Estados miembro. Esto podría tener graves impactos en la
salud, el medio ambiente y la protección de los recursos hídricos.
- El CETA ignora la naturaleza unitaria del ciclo del agua, los límites
de los recursos hídricos y la naturaleza multifuncional del agua en los
ecosistemas.
- Según el GATT, cuando el agua es un bien o un producto deben aplicarse
las reglas del comercio internacional. Todos los tratados de libre
comercio adoptados tras el GATT repiten ese principio. Una declaración
conjunta de los Estados firmantes del tratado de libre comercio de
América del Norte (NAFTA) especifica también que el agua en su estado
natural no es un bien ni un producto. Pero la exclusión del agua en su
estado natural del comercio internacional no es suficiente para proteger
este recurso, como demuestran los numerosos casos de ISDS que han
afectado a recursos hídricos en Canadá.
- El Instrumento Interpretativo Conjunto no cubre las carencias del
acuerdo y plantea una imagen optimista del acuerdo, sin base alguna. No
hay ningún nuevo compromiso legalmente válido o clarificación en el
texto. Solo podremos conocer el potencial verdadero de lo recogido en el
CETA cuando decisiones tomadas por las autoridades públicas o por
operadores públicos de agua sean clarificadas ante tribunales de
arbitraje. No podemos correr ese riesgo.
La Unión Europea debe considera el agua como un bien común, y el acceso
al agua y al saneamiento como un Derecho Humano. Le solicitamos que,
para defender los intereses de la ciudadanía europea y el medio ambiente
de las amenazas planteadas por el CETA, vote en contra de la
ratificación del acuerdo en la sesión Plenaria del Parlamento Europeo.
Un cordial saludo,
Blue Planet Project
Council of Canadians
Movimiento Europeo del Agua
Food & Water Europe
Wasser in Bürgerhand (Water in Citizens’ Hands, Germany)
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